Si eres pensionado del IMSS en el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, tienes la posibilidad de solicitar un préstamo a cuenta de tu pensión con cualquier entidad financiera que tenga convenio vigente.
Puntos que debes de tomar en cuenta al momento de solicitar tu préstamo:
El descuento mensual no deberá exceder del 30% del monto de tu pensión.
El préstamo no implica que la cuantía de tu pensión se reduzca a una cantidad inferior a la pensión garantizada establecida en la Ley.
Tendrás un plazo máximo de 60 meses para el pago del préstamo.
Es importante que consultes los términos y condiciones ofrecidos por la entidad financiera antes de contratar un crédito. (Ojo con las letras chiquitas.)
La entidad financiera está obligada a entregar un ejemplar del contrato y de la Carta de Instrucción debidamente llenados. En estos documentos se deberá señalar claramente el importe total solicitado, el importe mensual que autorizas retener de tu pensión, el plazo del crédito, la Tasa de Interés (TI) y el Costo Anual Total (CAT). Esta carta debe incluir tu firma y huella digital.
Debes de recibir el depósito en la misma cuenta bancaria donde recibes tu pensión en un lapso no mayor a cinco días.
La cantidad solicitada deberá coincidir con la cantidad que deposite la entidad financiera en tu cuenta.
Si en algún momento tienes oportunidad de liquidar tu crédito antes del plazo estipulado la entidad financiera no podrá cobrarte comisiones por pagos o liquidación anticipada del crédito.
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